Configuración principal (rastreador de contenido Web)

Para obtener información sobre los rastreadores y los servicios Web de rastreadores de contenido, haga clic aquí.

Para especificar la ubicación que desea rastrear y la carpeta de destino y la seguridad de los documentos importados por este rastreador:

  1. En el cuadro URL que se rastreará escriba la URL al sitio del que desea importar contenido.

  2. En la lista desplegable Radio de rastreo especifique el número máximo de vínculos desde la página de destino que desea rastrear. Por ejemplo, si selecciona 1, el rastreador intenta importar todas las páginas que estén vinculadas directamente a la página de destino; si selecciona 2, este rastreador intenta importar todas las páginas que estén vinculadas directamente a la página de destino y todas las páginas que estén vinculadas directamente a dichas páginas vinculadas.

  3. De forma predeterminada, este rastreador crea un vínculo a la página introducida en el paso 1. Si no desea crear un vínculo a esta página, desactive la casilla de verificación Importar la página de destino. Por ejemplo, si rastrea los resultados de una búsqueda, tal vez no desee importar la página de destino (la página de resultados de la búsqueda), sino cada página vinculada (cada resultado).

  4. Especifique las carpetas a las que desea importar el contenido. El rastreador intentará importar un vínculo a cada documento que encuentre en la carpeta más subordinada dentro de la carpeta de destino que permita que pase el vínculo. Haga clic aquí para ver un diagrama de flujo en el que se muestra cómo el rastreador determina las carpetas a las que importará contenido.

  5. Para hacer que los documentos pasen los filtros de las carpetas de destino antes de que se importen a dichas carpetas, seleccione Aplicar filtro de la carpeta de destino. De forma predeterminada, los documentos no tienen que pasar los filtros de las carpetas de destino, por lo que todos los documentos se importarán a ellas.

  6. Para aceptar todos los documentos importados al portal y poner inmediatamente a disposición de los usuarios, seleccione Aprobar automáticamente los documentos importados. De forma predeterminada, los documentos requieren aprobación. Esto significa que para que el vínculo al documento importado esté a disposición de los usuarios, lo debe aprobar primero un administrador del portal con al menos acceso de edición a la carpeta de destino.

  7. En Privilegios de acceso a los documentos puede realizar las siguientes acciones para conceder manualmente a los usuarios y grupos acceso al contenido importado por este rastreador:


  1. Haga clic en Administración.
  2. Abra el editor de rastreadores Web: